La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) continúa hoy con la entrega de las prestaciones sociales correspondientes al séptimo mes de 2024. En esta ocasión, el pago se realizará el jueves 25 de julio y abarcará las jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo, así como la Prestación por Desempleo y otras asignaciones.
En lo que va de julio, ya se han distribuido las Pensiones No Contributivas (PNC), la Asignación por Prenatal y Maternidad, las jubilaciones y pensiones mínimas, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE). Como es habitual, la distribución de estas asignaciones se realiza a lo largo del mes, según la terminación del DNI de los beneficiarios.
En el séptimo mes del año, los jubilados y pensionados recibirán un aumento del 4,18% en sus haberes, como resultado de la actualización que entra en vigencia a partir de este mes para los titulares del sistema previsional argentino. Este aumento se determina utilizando el índice de inflación del mes de mayo, publicado por el Indec (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos).
Quiénes cobran este jueves 25 de julio
- Jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo: DNI terminados en 4 y 5
- Prestación por Desempleo: DNI terminados en 6 y 7
- Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas: todas las terminaciones de documento, del 8 de julio al 12 de agosto
- Asignaciones Pago Único (matrimonio, adopción y nacimiento): todas las terminaciones de documento, del 12 de julio al 12 de agosto
De cuánto es la jubilación mínima en julio de 2024
Las jubilaciones mínimas, con esta actualización, quedan en $215,580.82, y este es el valor que percibe casi el 65% de los titulares del régimen general en julio. Por otro lado, el haber bruto máximo pasa de $1,392,450.38 a $1,450,655.
Según lo establecido en el anexo del decreto presidencial 274, la movilidad aplicada en un mes determinado corresponde a la variación mensual del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor con cobertura nacional, publicado por el Indec, correspondiente al mes previo al mes anterior al del pago de la movilidad. De esta manera, en julio de 2024 se abonará la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024, en agosto se abonará la variación correspondiente a junio, y así sucesivamente, según se indica en el escrito oficial.
Por otro lado, los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) recibirán un total de $172,464.66, mientras que las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez y por Vejez alcanzarán este mes la suma de $150,906.57.
¿Cómo se distribuye el bono extraordinario previsional de julio?
Mediante el decreto 552/2024, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció la distribución de un bono extraordinario previsional para este mes, similar al que ya venía entregando la Anses anteriormente.
Este bono asciende a $70,000 y será otorgado a aquellos que cobren solo una prestación que sea menor o equivalente al haber mínimo. En cambio, los jubilados y pensionados que superen el monto de la jubilación mínima recibirán un monto proporcional hasta alcanzar el tope de $285,622.
Cómo inscribirse para cobrar el Seguro de Desempleo de la Anses
Aquellos que se encuentren sin trabajo y deseen acceder al Seguro de Desempleo de la Anses deben cumplir con ciertos requisitos y llevar a cabo un trámite sencillo para comenzar a recibir la prestación, que generalmente se distribuye durante la cuarta semana del mes.
Para solicitar el Seguro de Desempleo, se debe presentar el DNI (original y copia) y la documentación que acredite la situación de desempleo (original y copia), dependiendo del caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con la firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por un juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.